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Servicios

Insolvencia económica no comerciante:

• Permite la negociación integral de todas tus deudas con todos tus acreedores de manera ágil y efectiva.

• Luego de ser admitido el trámite de insolvencia NO podrán iniciar nuevos procesos ante la justicia.

• Admitido el trámite de insolvencia, se suspenden los procesos que tengas en curso.

• Admitido el trámite de insolvencia, no podrán suspenderte la prestación de los servicios públicos.

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Protección patrimonial 

VILLAMIZAR ASOCIADOS CONSULTORES, respalda a sus clientes en la construcción de estrategias legales que le permitirán proteger el patrimonio ganados durante años de sacrificio, dentro de los marcos de la ley vigente.

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Suspension de remates judiciales

Suspende de manera inmediata mediante la ley de insolvencia, procesos judiciales en contra, embargos en curso e incluso remates ya programados. 

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Insolvencia de emergencia covid -19

El Gobierno Nacional expidió el Decreto Ley 560 de 15 de abril de 2020, con el fin de crear un sistema de recuperación empresarial, amplio e incluyente, que facilite la preservación de la empresa y el empleo, sin descuidar el crédito, y que abarque a todos los actores de la economía proporcionando soluciones efectivas y ágiles, para afrontar eficazmente la crisis empresarial generada por el Covid-19.

• Creación de herramientas extrajudiciales de negociación expedita.
• Creación de mecanismos extraordinarios de salvamento para proteger la empresa, el crédito y el empleo.
• Beneficios tributarios.
• Suspensión de algunas normas u obligaciones legales para que el articulado confluya de una manera íntegra.

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Reorganización empresarial ley 1116 de 2006:

Cuando te encuentras en mora o proyectas deudas con varios acreedores (impuestos, empleados, arriendos, préstamos bancarios, proveedores etc)  y no tiene los ingresos necesarios para poder continuar con tus negocios. Nuestros expertos profesionales le pueden colaborar en su proceso de declaración de insolvencia gracias a la Ley 1116 de 2006. En el caso de que usted se encuentre:

• En mora con dos o más acreedores por más de 90 días
• Deudas con acreedores que superen el 10% de la totalidad de sus pasivos
• Procesos judiciales de cobro
• Necesita un periodo de gracia para cubrir sus obligaciones
• Escaso flujo de efectivo por cuentas por pagar pendientes

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